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Proyecto de Cannabis Medicinal en Costa Rica plantea sanción de ¢45 mil colones por consumir cannabis en vía pública

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  • Este es el tercer artículo de los cambios proporcionados a la ley desde el 2014

Si es aprobada la ley 19256 que regularía el cannabis medicinal y el cáñamo en Costa Rica, consumir cannabis en la vía pública sería una conducta sancionada con ¢45 mil colones,

“Artículo 9.  Se establecen las siguientes actividades como prohibidas: a) Fumar cannabis en los espacios o lugares públicos y privados indicados en el artículo 5 de la Ley General para el Control del Tabaco y sus efectos nocivos en la Salud, Ley No. 9028.”

Los espacios públicos y privados a los que se hace referencia son: bares, centros culturales, ascensores, clubes nocturnos, vehículos, lugares de trabajo y otros.

Debido a que no se especifica si los pacientes de cannabis medicinal no serán perseguidos por consumir en determinados lugares por salud, la cláusula podría interpretarse como un intento de volver a criminalizar el consumo, en este caso de cannabis.

“Este proyecto genera muchas dudas sobre el impacto que podría tener para las personas que usan cannabis, ya que en el artículo 54 se sanciona el consumo con multas de dinero. Una conducta que es vista por otras leyes como un problema de salud, para la que se recomienda tratamiento voluntario (Articulo 79. Ley 8204).»comentó Ernesto Cortés, director de la Asociación Costarricense para el Estudio e Intervención en Drogas (ACEID).

«Se estarían imponiendo restricciones al uso del cannabis a partir de una ley creada exclusivamente para el control del tabaco, lo que complica aúnp más la situación.”

Situación actual

Si al día de hoy, un consumidor de cannabis es sorprendido en vía pública la policía debe actuar según el artículo de la ley de psicotrópicos (8204): “Decomiso de la sustancia y tratamiento voluntario”.

Si la ley entrara en rigor, los decomisos deberán ser interpretados de esta manera: “Decomiso de la sustancia más una multa del 10% del salario base (¢424,200 colones). Equivalente a ¢45 000 colones aproximadamente.

Autocultivo y fumado en vía pública serían penados en ley 19256.
Autocultivo y fumado en vía pública serían penados en ley 19256.

Lea: Cultivo de cannabis sería penado con 6 a 12 años de cárcel

Con el fin de que los policías del país dejaran de encarcelar a los consumidores, en el 2011 la fiscalía giró una orden para que estos fuesen exclusivamente detrás de los traficantes.

Esto logró la reducción de hacinamiento carcelario y redujo el trabajo de los jueces que atendían 65,000 casos solo en ese sentido, según el fiscal general Jorge Chavarría.

La nueva interpretación podría interpretarse como un retroceso judicial, ya que se crearía una persecución a los usuarios cannabis, una sustancia cuyo uso ha aumentado drásticamente en los últimos años.

Para el asesor del diputado Marvin Atencio (Partido Acción Ciudadana, PAC), Luis Nautilio Trejos, quisieron “incluir dentro de la ley una conducta que no estaba penada en ninguna legislación”.

Autocultivo

La situación del autocultivo también es grave.

Según el texto además de penalizar con 6 a 12 años de cárcel quien “comerciare gratis u onerosamente gratuita u onerosamente, productos de cannabis o cáñamo para cualquier uso autorizado en lugares no permitidos, en condiciones no autorizadas o sin contar con la debida concesión, licencia o permiso del IIRCA.”, se impondría una sanción de 20 salarios base.

“Me parece muy extraña la reforma al artículo 371 de la Ley general de salud, porque es un artículo que no se aplica a nivel penal. El que se aplica es el artículo 58 de la ley de psicotrópicos y por el que se quería condenar al abogado Mario Cerdas” agregó Ernesto Cortés .

Lea: Cambios a la ley de Cannabis medicinal eliminarían participación nacional

Antes las publicaciones de MCN, la población se ha mostrado molesta pues por un lado, evita la participación de pequeños empresarios, se prohíbe el autocultivo, y se vuelve a sancionar el consumo.

Eliminar estas políticas podría afectar lo hecho hasta el momento para reducir ligeramente  la violencia producto al narcotráfico, un tema cada vez más importante en el país.

¿Perseguir a los consumidores, ha dado resultado? No.

Puede ver el texto sustitutivo completo aquí: http://bit.ly/2fd4uAC


Nota Aclaratoria: Se le agregó al artículo el enlace del documento oficial brindado por el despacho del diputado Marvin Atencio (PAC) para el analisis del proyecto de ley en la sub-comisión interna. Actualmente solo existen 3 documentos oficiales: el proyecto de ley oficial, el primer texto sustitutivo de 2015, y por último este documento agregado.

Nota Aclaratoria 2: Una página en facebook asegura que en el proyecto de ley se incluyen aspectos como la figura del horticultor y el autocultivo, sin embargo, en ninguna documentación oficial brindada por oficiales de la Asamblea Legislativa de Costa Rica estos aparecen. Por lo tanto, estas declaraciones son falsas.

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ESCRITO POR: REDACCIÓN

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