Trece diputadas y diputados presionan a Casa Presidencial para la convocatoria del expediente 21.388.
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Esta semana fue aprobado el predictamen de la Ley para la Regulación del Cannabis en México. El texto de ley que fue propuesto por la senadora , tiene ahora el consentimiento de varias fuerzas políticas.
A partir de la próxima semana, el Senado Mexicano decidirá sobre los detalles de la ley que contempla la venta, el consumo, las asociaciones, la producción por licencia, la publicidad y la fiscalización Federal que será dirigida por el Instituto Mexicano del Cannabis.
En este proceso, algunos diputados como Miguel Ángel Mancera, Julio Menchaca o José Navarro han sido enfáticos en la necesidad de incluir a los grupos vulnerables de la sociedad.
El espíritu de la ley se centraba en la intención de buscar la “paz social” y “reducir la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico”.
“La regulación legal del uso del cannabis y sus derivados, bajo el enfoque de salud pública, derechos humanos y desarrollo sostenible, en aras de mejorar las condiciones de vida de las personas que habitan en los Estados Unidos Mexicanos, combatir las consecuencias del uso problemático del cannabis y reducir la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico, fomentando la paz, la seguridad y el bienestar individual y de las comunidades.” dice la introducción del texto.
El texto de ley logra por el momento integrar la participación de agricultores que han sido violentamente afectados por los embates del narcotráfico. Algunas zonas que podrían verse beneficiadas podrían ser: Oaxaca y Guerrero. Según estadísticas alrededor de 30,000 personas se dedican a este tipo de actividades.
Con la redacción actual, se pretende que haya una alta participación de mexicanos en la industria.
¿Cómo se llevará a cabo el cultivo local?
La “Ley para la Regulación del Cannabis” contempla la emisión de licencias para la producción industrial, además, limita la posibilidad de que grandes capitales extranjeros puedan maniobrar para hacerse de grandes cultivos.
“I. Cultivo: incluye la adquisición de semilla o plántula, la siembra, el cultivo, la cosecha y preparación del cannabis; II. Transformación: incluye la preparación, la transformación, la fabricación y la producción del cannabis; III. Venta: Incluye la distribución y la venta al público del cannabis psicoactivo, sus derivados y productos, y IV. Se limita la participación de capital extranjero al 20% del capital social”.
A pesar de que su discusión en el Pleno del Senado podrían cambiar algunos aspectos, la redacción actual podría resarcir los daños a las poblaciones más afectadas por la guerra contra las drogas.
Lee el texto completo aquí: http://bit.ly/39ximRo
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Cada variedad de cannabis puede ser estudiada por su perfil de terpenos y de cannabinoides, que una vez identificados pueden dar luces sobre los efectos finales en los consumidores o los pacientes. 👩🔬🧑🔬
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📍 📖 Después de más de 80 años (enero 2019), la Organización Mundial de la Salud (#OMS) hizo oficialmente un estudio de algunos de los recursos disponibles de la ciencia médica sobre esta planta. Sus recomendaciones fueron justamente su reclasificación [DG1] de la Lista IV, debido a la fuerte evidencia testimonial y científica disponible. Sin embargo, con esta votación el cannabis seguirá perteneciendo a la Lista I de sustancias controladas a nivel mundial.
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